domingo, 2 de diciembre de 2012

Sistemas Mixtos o Híbridos:


Sistemas mixtos o híbridos:

Como podemos ver en el cuadro sinóptico nos encontramos con la existencia de un sistema híbrido o mixto cuando un sistema jurídico que por sus características son difíciles de clasificar dentro de una familia jurídica determinada, ya que en ellos estaban presentes elementos que pertenecen a dos sistemas distintos hallan  en este caso con los sistemas históricamente se han configurado en virtud de la amalgama de tradiciones legales pertenecientes a dos más familias jurídicas. En  lo cuales  se tienen que clasificar o enviar a determinado grupo, la importancia de estos sistemas mixtos o híbridos los encontramos en diversos países del mundo entero por ser grandes emprendedores o tener una mejor  visión del derecho pero no en todos los casos, entre los países que podemos encontrar con este tipo de sistemas encontramos a los de Japón, Filipinas, India, Sudáfrica, Israel los cuales son mixtos por que son una combinación del neorromanista, del common law o de un religioso. En los cuales varían un poco su sistema según la influencia que estos adquieran por las fuentes de su derecho por lo cual no aceptan una clasificación escrita, por ser una combinación de dos o más sistemas

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